Charla sobre ese “PILAR”, tan esencial, como “ENTE” encargado de la prestación de servicios a los enfermos de ELA.
¿Existe? ¿Dónde está? ¿Quién lo coordina?
Tabla de la Prestación Económica Cuidados Entorno Familiar
Grado | Máxima €/mes | Mínima €/mes |
III | 387,64 | 290,73 |
II | 268,79 | 201,59 |
I | 153,00 | 153,00 |
El cálculo de esta SUCULENTA prestación económica se calcula en función del grado de dependencia y la capacidad económica de la persona beneficiaria.
CPE = (1,33 x Cmax) – (0,44 x CEB x Cmax) / IPREM
- CPE: es la cuantía de la prestación económica.
- Cmax: es la cuantía máxima para cada grado.
- CEB: capacidad económica ind. dividida doce meses.
- IPREM: Indicador Público Renta Efectos Múltiples.
¿Cuál nos corresponde?
Despejando la incógnita CEB= [ (CPE 387-1,33 x 387 Cmax)x 548 IPREM ] / 0,44 x 387 Cmax = 412 €
Percibe la Prestación Económica máxima, quien tenga renta media, igual o inferior a 412 € mensuales.
Despejando la incógnita CEB= [ (CPE 290-1,33 x 387 Cmax)x 548 IPREM ] / 0,44 x 387 Cmax = 723 €
Percibe la Prestación Económica mínima, quien tenga renta media, igual o superior a 723 € mensuales.
Hay que tener en cuenta, además, que si la persona beneficiaria es titular de una prestación pública de análoga naturaleza (complemento de gran invalidez, complemento por hijo a cargo, complemento de necesidad de tercera persona…), a la cuantía calculada según lo expuesto deberá restarse el importe de dicha prestación pública, sin que la cuantía resultante pueda ser inferior a la cuantía máxima determinada para el grado I de dependencia.